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Preguntas frecuentes
01
| Definición de cooperativaAgrupación de personas que comparten la necesidad de disponer de una vivienda y se unen para acceder a ella mediante la autopromoción, con la mejor calidad y precio posible. Las cooperativas pueden desarrollar tanto viviendas libres como viviendas protegidas.
En una cooperativa no existe el lucro mercantil de una promoción, ya que se adquiere la vivienda a riguroso precio de coste. El socio participa activamente en el desarrollo de la misma, siendo ésta, una de las características principales de este sistema.
La Cooperativa de viviendas realiza la función de sociedad promotora, por lo que el socio actúa al mismo tiempo por un lado como socio de dicha sociedad y copropietario de la misma y por otro, como adjudicatario y usuario de una vivienda de la que es copromotor. |
02 | Ventajas del sistema de cooperativa
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03 | Funcionamiento de una cooperativaLa cooperativa cuenta por Ley, con unos órganos sociales, nombrados, controlados y desempeñados por los socios, siendo los más habituales: la Asamblea General, el Consejo Rector y los Interventores.
El órgano supremo de expresión de la voluntad social es la Asamblea General, donde se reúnen todos los socios, se delibera y se toman los acuerdos, que conforme a las leyes y a los estatutos sociales, obligan a todos los socios, los cuales tiene voz y voto. En la Asamblea General Ordinaria que obligatoriamente ha de celebrarse una vez al año, se aprueban las cuentas anuales así como el informe de gestión.
El Consejo Rector es el órgano de gobierno, gestión y representación de la cooperativa el cual está sujeto a la Ley, los estatutos sociales y a la política general fijada en la Asamble General. Ha de estar formado por al menos tres miembros, todos ellos elegidos en votación secreta por la Asamblea General, siendo el Presidente, el que ostente la representación legal de la cooperativa.
Los Interventores, entre uno y seis, son el órgano de fiscalización de la cooperativa y su principal función es la censura de las cuentas anuales. Son también elegidos por la Asamblea General.
Aquellas cooperativas que promuevan más de 40 viviendas o cuando exista más de una fase o promoción, han de someter sus cuentas a una audirtoría externa. |
04 | Derechos de los sociosEl derecho más importante que la Ley concede al socio, es de la información, lo que le permite solicitar a los órganos sociales en cualquier momento, cualquier dato sobre la marcha y actividad de la cooperativa.
Las cooperativas se basan además, en el principio general de igual trato para todos los socios, principio de paridad que es un derecho efectivo.
Otros derechos del socio son:
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05 | Obligaciones de los sociosLas más importantes son:
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06 | Lo que debo comprobar antes de apuntarme a una cooperativaAntes de adquirir la condición de socio de una cooperativa se han de comprobar una serie de requisitos, especialmente si vas a adquirir compromisos económicos con la misma:
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07 | Lo que debo comprobar antes de apuntarme a una promociónAntes de apuntarse a una promoción en concreto, deberás comprobar o informarte de los siguientes aspectos de interés:
Si la promoción se desarrolla en régimen de cooperativa, además, deberás:
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08 | Lo que debo saber de las viviendas de Protección Pública.Si tu unidad familiar no dispone de ninguna vivienda y no supera unos determinados ingresos podrás adquirir una vivienda de Protección Pública. Conoce un poco más acerca de este tipo de viviendas. Se entiende por viviendas de Protección Pública la que, con una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados, cumple las condiciones de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente y sea calificada como tal por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad. El acceso a dicha vivienda podrá ser en propiedad, arrendamiento o arrendamiento con opción a compra. Existen dos tipos de viviendas en régimen de venta o uso propio, en función de su superficie, precio máximo y requisitos de acceso:
Ambas están sujetas al precio máximo de venta (PMLV) y a la duración del régimen legal de protección que es de 15 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva sin posible descalificación voluntaria. Requisitos de acceso
Obligaciones
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